Normal de Cuautitlán Izcalli

Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación

Reinscripción

Su objetivo es regular y controlar el registro de ingreso de los alumnos que son promovidos de semestre para continuar su historial académico.

  • Se realiza semestralmente, conforme al calendario oficial
  • Tendrán un plazo no mayor de 2 años IMPRORROGABLES para terminar sus estudios, después del tiempo curricular señalado
  • Deberá realizarse en la misma Licenciatura y especialidad (en el caso de la Licenciatura en Secundaria).
  • Son sujetos de reinscripción al semestre inmediato superior:
  • Los alumnos regulares
  • Los alumnos irregulares que después del  primer periodo de regularización inmediato al término del semestre, adeuden como máximo 2 asignaturas.
  • Los alumnos en situación de baja temporal, que no exceden de un ciclo escolar y  sean de la misma escuela.
  • Los alumnos que adeuden asignaturas de 1° a 6° semestres no podrán ser inscritos a 7°semestre.
  • Los alumnos de primero a sexto semestre que acumulen de tres a cuatro asignaturas sin acreditar, después del primer periodo de regularización al término del semestre, causarán BAJA TEMPORAL de dos semestres consecutivos. En caso de acumular cinco asignaturas o más serán dados de BAJA DEFINITIVA.
  • Para el caso de séptimo  y  octavo semestres  la baja temporal se aplicará cuando el alumno no acredite el Trabajo Docente o la asignatura  correspondiente al análisis del trabajo docente, o viceversa,  ya que ambas asignaturas se complementan para el logro de sus propósitos. 
  • El alumno que no asista durante dos semestres consecutivos  sin causa justificada, será dado de baja definitiva.
  • El alumno que sea dado de baja definitiva no tendrá derecho a la reinscripción en ninguna institución formadora de docentes.